Seguro de Cumplimiento y Garantías Contractuales

Garantiza el éxito de tus contratos en cada etapa

Respaldo total para contrataciones con entidades estatales y particulares, asegurando el cumplimiento de disposiciones legales y judiciales.

Beneficios

Un contrato es el futuro de tu empresa.

Sin embargo, el ciclo de un proyecto tiene riesgos cambiantes: desde la seriedad de la oferta hasta la estabilidad de la obra años después de terminada. Entendemos que la confianza se construye con garantías. No permitas que un imprevisto detenga tu crecimiento empresarial.

¿Qué incluye tu seguro?

Cumplimiento Particular

Diseñado para contratos entre privados, garantizando obligaciones comerciales y civiles.

Arrendamiento

Protección para propietarios ante el incumplimiento de cánones y servicios.

Cumplimiento con Entidades Estatales

Pólizas ajustadas a la Ley 80 de 1993 y el Decreto 1082 de 2015 para licitaciones públicas.

Disposiciones Legales

Garantías exigidas por la ley para el ejercicio de ciertas actividades o cargos.

RC Derivada de Cumplimiento

Cobertura de daños a terceros que puedan surgir durante la ejecución del contrato.

Judiciales

Garantías solicitadas dentro de procesos procesales para asegurar el pago de cauciones o medidas cautelares.

Preguntas frecuentes

Es la fase que inicia tras la terminación del contrato. El seguro garantiza que, aunque el trabajo ya se entregó, cualquier falla de calidad o estabilidad que surja en el futuro (ej. 5 años en obras civiles) será reparada o indemnizada.

Se requiere el pliego de condiciones, la cédula del representante legal, el RUT y los estados financieros de los últimos dos periodos para evaluar la capacidad técnica y financiera de la empresa.

Sí, muchos planes permiten asegurar cónyuge e hijos.

A diferencia del cumplimiento puro (que cubre el contrato), esta póliza protege al contratista si, durante la obra o servicio, causa un daño accidental a un tercero (ej. rotura de un tubo ajeno a la obra).

Sí, contamos con procesos ágiles para la emisión de cauciones judiciales requeridas por tribunales, siempre que se cuente con el auto del juzgado que ordena la garantía.

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